15 May Cláusulas abusivas en hipotecas y créditos: ¿qué puedes reclamar?
Muchos consumidores han firmado contratos hipotecarios o financieros que contenían cláusulas abusivas, declaradas nulas por los tribunales por falta de transparencia, vicio del consentimiento o por existir un desequilibrio entre las partes contratantes. Si tienes una hipoteca o una tarjeta de crédito, es muy probable que puedas estar afectado. Te resumimos las más comunes:
Cláusula suelo
Hoy en día es ya conocida por todos la famosa cláusula suelo. Esta cláusula limita la bajada de los tipos de interés del préstamo, de manera que el cliente acaba pagando de más al no poder beneficiarse de dicha bajada. Los juzgados y tribunales han establecido que estas cláusulas son nulas y que la entidad bancaria debe devolver al cliente las cantidades abonadas en aplicación de esta cláusula.
IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios)
Aunque fue retirado por ley hace más de una década, el IRPH todavía es motivo de litigios. Su aplicación se hizo a menudo sin la transparencia necesaria y muchos clientes no entendieron cómo funcionaba. La posición de los tribunales es todavía poco clara, pero de conformidad con la jurisprudencia europea, si no se informó al cliente sobre su funcionamiento y no va acompañado de un diferencial negativo, debe declararse su nulidad y restituir al cliente las cantidades abonadas en concepto de intereses aplicados con este índice.

Gastos de constitución de hipoteca
Tradicionalmente, los bancos imponían al cliente prestatario el pago íntegro de los gastos de constitución de hipoteca: impuestos, notaría, registro, gestoría y tasación. La posición en los juzgados es hoy en día muy clara: la cláusula es nula y los gastos deben repartirse. Si tienes esta cláusula en tu hipoteca, no dudes en reclamar.
Comisión de apertura
Se trata de una comisión que muchos bancos cobran al formalizar el préstamo, pero que a menudo no se justifica con ningún servicio real o ya se ha abonado por otra vía, por lo que puede considerarse abusiva. La jurisprudencia empieza a consolidar su nulidad cuando falta transparencia.
Tarjetas revolving
Las tarjetas revolving son un préstamo que se devuelve mediante el pago de una cuota periódica. Su particularidad es que, debido al elevado tipo de interés y a su fórmula de cálculo, generan una deuda constante que se va retroalimentando. Si la cuota es baja, el cliente se convierte en un deudor cautivo y el crédito prácticamente no puede liquidarse nunca. El Tribunal Supremo ha declarado que, si el tipo de interés está seis puntos por encima del tipo medio para este tipo de operaciones en el momento de la firma, debe considerarse nulo por usura. Además, aunque no se cumpla este criterio, también puede reclamarse por falta de transparencia si no se informó al cliente de manera clara y comprensible sobre el funcionamiento del crédito revolving.
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