02 Jun El prcedimiento civil de adopción
En David Mundo Abogados tenemos la fortuna de poder ayudar a diario a muchas familias, y una forma de hacerlo es ayudar a aquellas familias que quieren constituir la adopción de quien a sus ojos son sus hijos. La cuestión trata precisamente de convertir una relación ya existente en su esfera personal en pública y oficial a todos los efectos.
El procedimiento de adopción civil en nuestro país se constituye judicialmente a través del procedimiento civil correspondiente. En este sentido, en otros artículos hemos abordado los diferentes tipos de adopción y sus requisitos y presupuestos para poder garantizar una resolución favorable, los que nos remitimos para aquellos que lo quieran conocer.

En cuanto al procedimiento, se trata de un procedimiento que suele ser largo y complejo: primeramente hay una fase judicial en que se presenta la correspondiente demanda de adopción junto con toda la documentación necesaria. Después de los trámites procesales oportunos y obtenidos los necesarios consentimiento y asentimiento de adoptado y adoptando, lo normal es que culmine el procedimiento con una resolución que constituya la adopción solicitada. Y a pesar de la parte judicial se puede dar por terminada, el procedimiento no acaba aquí: es necesario proceder a inscribir la nueva relación de filiación en el Registro Civil correspondiente. Es en este momento en que se puede decir que el procedimiento ha culminado satisfactoriamente y el nuevo status civil de relación materno / paterno filial está constituido y inscrito, y es por tanto jurídicamente válido y vinculante a todos los efectos como si de una relación de consanguinidad se tratara.
Si quiere iniciar un procedimiento de adopción y necesita del mejor asesoramiento posible, no dude en contactar con nosotros. En David Mundo Advocats somos especialistas en Derecho de familia y estaremos encantados de ayudarle.
Sorry, the comment form is closed at this time.