Sobre la habilitación judicial del mes de agosto de 2020

Como se ha comentado en artículos anteriores la paralización de los procedimientos judiciales raíz de la actual crisis pandémica preocupa profundamente a los operadores jurídicos y sus implicaciones prácticas son más que notorias.

El confinamiento de ya más de cincuenta días afecta también a la Justicia y las medidas que se pretenden adoptar para paliar estos efectos son francamente deficientes. El pasado 28 de abril se aprobó el Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente a la Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia. El objetivo principal del Real Decreto-Ley es la habilitación del periodo que comprende los días 11 a 31 de agosto, con el fin teóricamente de paliar los efectos de colapso judicial que la crisis de Covid-19 ha comportado también al ámbito de la justicia.

Las reacciones de los diferentes operadores jurídicos ante esta medida no se han hecho esperar. Y desde este despacho profesional ponemos de manifiesto que no podemos estar más de acuerdo con el planteamiento que desde el Colegio de la Abogacía de Girona nos han hecho llegar. En síntesis, agosto es el único mes del año inhábil a efectos judiciales y en consecuencia es este el periodo en que los abogados podemos disfrutar de unos días de descanso y conciliación laboral y familiar sin que éstas afecten a los derechos y intereses de nuestros clientes. Y es que la habilitación de este plazo (del 11 al 31 de agosto) a través de este Real Decreto-Ley no supone una solución práctica al auténtico problema de la justicia en este país, que no es otra que su endémica falta de medios, tanto humanos como materiales y presupuestarios.

La crisis del Covid-19 únicamente ha venido a agravar, por tanto, una problemática que se viene arrastrando desde hace décadas. La experiencia dentro del sector durante este periodo de crisis reafirma este planteamiento: asistimos por un lado a la suspensión de prácticamente toda la actuación judicial durante más de cincuenta días, con el evidente perjuicio que esto causa en los intereses de nuestros clientes, sin que se aproveche este plazo para implementar medidas de mejora tecnológica para hacer posible el ejercicio telemático de la profesión. Una vez más se pone de manifiesto la falta de interés en dotar a los órganos de justicia y sus operadores de medios suficientes para garantizar, en definitiva, el derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos.

La medida no será en ningún caso eficiente ni justa para los abogados. Y el rocambolesco de la situación resultará en que los despachos profesionales que luchamos a diario para hacer posible la conciliación laboral y familiar de nuestros clientes nos veremos obligados a renunciar forzosamente a la propia como consecuencia de la habilitación del mes de agosto. Seguir viendo los próximos días cómo avanza el asunto, pero siendo realistas y mientras no se tomen medidas de mayor entidad para poder hacer frente al verdadero problema del sector la experiencia demuestra que la situación continuará igual de precaria y dificultosa, tanto por los abogados como para nuestros clientes.

No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.